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Pidió faltar al trabajo, le respondieron con un emoji y lo despidieron

Un tribunal determinó que un emoji en una comunicación digital es subjetivo y no es una manifestación de voluntad inequívoca.
  • Un empleado fue despedido después de faltar al trabajo pensando que sus superiores habían aprobado su ausencia al responder con un emoji de pulgar hacia arriba.
  • La Justicia determinó que los emojis en comunicaciones digitales son subjetivos y no constituyen una manifestación de voluntad inequívoca, respaldando así el despido del trabajador que acumuló múltiples faltas.
  • Este caso destaca la importancia de la comunicación clara en el ámbito laboral y muestra cómo los emojis pueden llevar a malentendidos si no se complementan con una comunicación efectiva.

 

Un empleado fue despedido luego de faltar a su trabajo a partir de la supuesta aprobación de sus jefes, los que le respondieron enviando el emoji del pulgar hacia arriba (?).

El particular suceso continuó en un enfrentamiento legal que hizo que la Justicia se pronunciara respecto de la utilización de emojis en las comunicaciones digitales y sobre la validez en contextos laborales.

Ocurrió en Argentina, en la provincia patagónica de Río Negro.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, en un fallo inédito, dijo que la utilización de emojis en comunicaciones digitales es “limitada o relativa” y no conforma una manifestación de voluntad inequívoca.

De esta manera, el tribunal falló dijo que el despido del trabajador fue justificado luego de haber acumulado 9 faltas a sus jornadas laborales.

Según dice el texto del fallo, el trabajador argentino, previo a ser despedido, había sido objeto de 47 sanciones y había cometido varias faltas injustificadas. 

Su situación se volvió más grave cuando faltó nueve jornadas en 30 días y buscó justificar las ausencias a través de un mensaje de WhatsApp que envió a un teléfono corporativo de la compañía.

Allí fue cuando se produjo el núcleo de la disputa legal: la respuesta de la compañía fue el emoji del pulgar hacia arriba, algo que el empleado dijo haber interpretado como la aprobación de sus ausencias, publica La Nación.

A pesar de esto, la Cámara Laboral de la ciudad de Viedma, capital de Río Negro, en un comienzo consideró que el emoji del pulgar hacia arriba era equivalente a haber justificado las faltas y rechazó la demanda de la firma por haber despedir al empleado con causa.

El caso del emoji en un despido en Argentina

La empresa apeló el fallo y el caso llegó al Tribunal Superior, instancia que analizó en más detalle la utilización del emojis y la manera en interpretarlo.

Según el fallo, la interpretación de emojis es subjetiva y puede ser variada de acuerdo con la cultura y, en especial, el contexto.

De esta manera, los íconos enviados de manera virtual no son una expresión de voluntad con efectos jurídicos vinculantes por sí mismos.

Para el Tribunal, el emoji del pulgar hacia arriba, en el caso del empleado argentino, sólo fue una constancia de haber recibido la comunicación y no puede ser interpretado como aprobación o conformidad respecto de las ausencias.

El caso en Argentina es diferente a un suceso similar que llegó a la justicia de Canadá.

Allí, el tribunal reconoció el emoji del pulgar hacia arriba como medio válido para sellar un contrato, equiparándolo con una firma. Pero en ese contexto, el agricultor que había usado el emoji no había aceptado el contrato, sino que sólo indicó haber receptado la comunicación.

Este caso en Río Negro pone de relieve la importancia de la comunicación clara y precisa en el entorno laboral y destaca que el uso de emojis puede llevar a malentendidos y disputas si no se complementa con una comunicación efectiva.

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