Aunque las autoridades insisten en que la obtención de la nueva Clave Única de Registro de Población (CURP) con datos biométricos no es obligatoria, de facto lo será, porque es requisito para ser beneficiario de cualquier programa social de reparto de dinero, hacer trámites de agua, predial, servicio eléctrico, en el SAT (Servicio de Administración Tributaria, IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social), ISSSTE (Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado), Infonavit (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores), SEP (Secretaría de Educación Pública), entre otros. También para comprar un coche, una casa y un teléfono celular, puesto que la CURP pasa de ser una clave de registro a convertirse en el documento nacional de identificación obligatorio con las reformas a la Ley General de Población. Tomando en cuenta lo anterior, es marginal el segmento de la población que no requerirá obtener la nueva CURP.
Para los trámites mencionados, ya es obligatorio presentar la CURP biométrica. Para obtenerla, los interesados deberán proporcionar sus datos personales -fotografía y biométricos -huellas dactilares y escaneo del iris-. No hacer este trámite para obtenerla implica una sanción de 10 mil a 20 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
La biometría se utiliza combinada para autenticar la identidad de una persona. Incluye el reconocimiento de huellas dactilares o facial para acceder a teléfonos inteligentes, o el uso de tecnología de reconocimiento facial en las puertas inteligentes de los aeropuertos. El uso de la biometría para autenticar a las personas también se conoce como coincidencia uno a uno.
En los sistemas biométricos uno a uno (1:1), las características biométricas de una persona se comparan con los datos que el sistema ya posee sobre ella. En este caso, la persona ya ha proporcionado su información biométrica para su futura autenticación.
La mayoría de los sistemas biométricos utilizados para la autenticación requieren que la persona proporcione activamente sus características biométricas, las cuales se comparan con la información biométrica existente en una base de datos. Sin embargo, la autenticación también puede ser pasiva, sin que la persona tenga que participar activamente en el proceso.
En cambio, sus características biométricas se recopilan y autentican en un segundo plano mientras la persona realiza transacciones con la organización o el servicio. Por ejemplo, la biometría de voz de una persona puede recopilarse y autenticarse mientras habla por teléfono con un representante de atención al cliente.
La biometría del comportamiento se utiliza cada vez más para la autenticación pasiva, a menudo como una capa adicional de seguridad. Esto implica medir y rastrear patrones en la forma en que una persona se mueve, se comporta o usa algo esencialmente. Esto puede abarcar desde cómo una persona sostiene y mueve un dispositivo, como un teléfono móvil, hasta cómo sus dedos tocan la pantalla y la fuerza con la que lo hacen. Incluso el lenguaje que una persona usa (por ejemplo, su elección de palabras, gramática y estructura oracional) puede medirse como una característica biométrica.
La exigencia de presentar este documento para tramitar cualquier servicio público o privado ha despertado suspicacias sobre su uso adecuado o su abuso por parte de las autoridades federales, estatales y municipales. Sólo en el caso de trámites ante instituciones bancarias -abrir una cuenta, solicitar una tarjeta de crédito, una hipoteca- proporcionar o no los datos de la CURP biométrica será decisión personal, de acuerdo con lo establecido en el decreto que oficializa las reformas que establecen la nueva CURP, publicado el 16 de julio en el Diario Oficial de la Federación, en donde se lee que “todo ente público y privado está obligado a solicitarla para la prestación de sus trámites y servicios”.
La justificación de esta imposición gubernamental que al poder identificar plenamente a todos los mexicanos -infantes, jóvenes, adolescentes, adultos y adultos mayores- será más fácil localizar a cualquier persona reportada como desaparecida y que la autoridad intervenga “oportunamente” para evitar delitos.
Es de esperarse que, a partir de 2026, cuando las autoridades de seguridad pública –Ejército, Marina, Guardia Nacional y Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana- tengan acceso total a los datos de todas y todos no haya pretextos para no resolver ese problema. Es la respuesta gubernamental a la crisis de desapariciones que agobia a nuestro país.