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Estas son las únicas empresas de taxis que pueden operar en el Aeropuerto de la CDMX: ¿Y Uber?

Hasta el momento, la ley contempla la operación de plataformas de transporte como Uber, Cabify o Didi dentro de los aeropuertos del país.

Durante esta semana uno de los temas que ocupó la agenda mediática en el país fue la exigencia parte de los taxistas para que la Secretaría de Gobernación (Segob) endureciera la regulación para las apps de transporte abanderadas por servicios como Uber, Did y Cabify.

Entre la información que circuló en redes sociales destacó la posibilidad de implementar operativos comandados por la Guardia Nacional y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) dentro de los 56 aeropuertos del país y áreas de jurisdicción federal para evitar que este tipo de servicios operen dentro de las mismas. 

Posteriormente, la Segob desmintió la posibilidad de estos operativos; sin embargo, la discusión abrió el tema de las licencias y los servicios que están facultados para operar, por ejemplo, en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México y las implicaciones que conlleva operar en esta zona de gran afluencia.

Sólo 6 autorizadas

Al aclarar el asunto de los operativos en una entrevista para Imagen Radio, el Subsecretario de Gobierno de la Secretaría de Gobernación, Ricardo Peralta Saucedo, aseguró que  “seguimos igual, estamos en pláticas con el movimiento nacional taxista, las cosas están idénticas no va a cambiar nada. La gente puede seguir utilizando el servicio que desee”; no obstante, puntualizó que servicios como Uber o Didi “no pueden actuar como taxis o estar en el aeropuerto como si fueran un sitio de taxis, pues no tienen las facultades para ello y si lo hacen deben ser sancionados”.

Esta declaración se alinea con la normativa de transporte que apremia en las terminales aéreas del país: No cualquier taxi puede operar como tal en estas zonas. necesario contar con la autorización de la SCT así como de la base aérea correspondiente. 

Por ejemplo, en el caso de la Ciudad de México, dentro del aeropuerto sólo son seis las empresas que están habilitadas para brindar dicho servicio. Se trata de las compañías identificadas como Porto Taxi, Sitio 300, Nueva Imagen, Excelencia, Confort y Yellow Cab. 

Estas compañías tienen una concesión misma que se obtiene mediante un permiso federal individual emitido por la SCT, la autorización del aeropuerto vía un contrato individual de acceso para cada taxi y un contrato moral con las compañías que operan dichas flotillas.

Esta información la detalla la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), entidad que afirma que este tipo de concesiones faculta a las administraciones aeroportuarias a “restringir la oferta por dos vías” y decidir con  base en “criterios poco claros y transparentes si un nuevo competidor entra al mercado”.

Bajo este marco, la operación de cualquier otro servicio de taxi o similar dentro del aeropuerto sería ilegal. Sin embagro, durante 2016, la Cofece emitió una recomendación para modificar este marco regulatorio para evitar prácticas monopólicas y garantizar un mejor servicio a los usaurios.

De tal manera, a finales de ese año, el organismo instó a eliminar algunas barreras para la entrada de nuevos competidores, para que la SCT pudiera otorgar permiso de operar a todo aquel que cumpliera con los requisitos sin depender de la opinión de los administradores aeroportuarios. Así se omitiría el requerimiento de pertenecer a una agrupación de taxistas para operar. 

¿En dónde queda Uber?

En México, el 30 por ciento de la población utiliza al menos tres veces a la semana algún transporte privado como Uber, Didi, Cabify u otro, lo que representa un costo de 14 mil pesos anuales, de acuerdo con un sondeo realizado por la comparadora de servicios financieros Coru.com y la empresa de estudios de mercado Brad.Feebbo.

El monto semanal destinado a esta clase de transporte oscila entre los 300 pesos (66 por ciento), de 301 a 500 pesos (22 por ciento) y más de 500 pesos (2 por ciento), por lo que en promedio, se alcanzan los 1,200 a 2,000 pesos mensuales, unos 14 mil pesos anuales.

Entre los viajes reportados, un porcentaje interesante tiene como destino los diferentes aeropuertos ubicados a lo largo y ancho del país; no obstante, su operación en el aeropuerto, cuando menos considerando lo escrito en en el documento “Servicio de taxi en los aeropuertos de México”, firmado por la Cofece, sería ilegal.

Aún cuando este organismo a propuesto algunas modificaciones a la ley para mejor el nivel de competencia en el transporte terrestre dentro de los aeropuertos, es cierto que dentro de estos cambios se hace énfasis en contar con un permiso emitido por la SCT el cual daría libre acceso de operación a los taxis sin que necesariamente pertenecieran a una flotilla. 

De esta manera se lee: “En caso de llevar a cabo estas modificaciones, todo agente económico que cuente con el permiso correspondiente por parte de la SCT tendría libre acceso a las instalaciones aeroportuarias sin tener que pertenecer a una agrupación de taxistas, previo pago de la tarifa del servicio de acceso y sujeto al cumplimiento de requisitos mínimos de seguridad y calidad en el servicio. Lo anterior, solucionaría los problemas de subutilización de las unidades, propiciaría tarifas más bajas y reduciría los tiempos de espera de los usuarios al existir un mayor número de vehículos disponibles”.

Con esto en mente, todo auto adscrito a Uber debería de contar con este permiso para operar “legalmente” dentro del aeropuerto. Sin embargo, queda claro que la ley no contempla la operación de plataformas como Uber o Didi dentro de estos espacios, lo que deja en claro una vez más la urgencia de modificar las leyes en la materia para entregar una competencia realmente justa para todos los involucrados en este mercado que mueve millones de pesos al año.

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