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Dan a conocer los primeros 10 nodos publicitarios en el DF

México, D.F.- Felipe Leal, titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano (SEDUVI) y quien en septiembre instaló el Consejo de Publicidad Exterior del Distrito Federal, informó a medios que las zonas en donde se concentrarán los anuncios exteriores -una industria con valor de 5 mil millones de pesos– serán asignados a más tardar en enero próximo.

Sin embargo, durante su presentación a anunciantes de publicidad exterior, adelantó que los primeros 10 puntos -de los 50 y 70 que se preveen aprobar- en donde las empresas, aún por designar, podrán colocar publicidad con la finalidad de mejorar y ordenar el paisaje urbano, son:

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  • Glorieta de Insurgentes – Delegación Cuauhtémoc.
  • Glorieta la Riviera – Delegación Benito Juárez.
  • Calzada Camarones y Eje 2 Norte – Delegación Azcapotzalco.
  • Cruce de avenida Revolución y Eje 10 Sur – Delegación Álvaro Obregón.
  • Central de Abasto – Delegación Iztapalapa.
  • Viaducto Tlalpan – Delegación Tlalpan.
  • Central Camionera de Observatorio – Delegación Álvaro Obregón
  • Central Camionera del Sur – Delegación Coyoacán.
  • Glorieta Vasco de Quiroga – Delegación Álvaro Obregón.
  • Paseo Tamarindos – Delegación Cuajimalpa.

Respecto a los nodos publicitarios, Leal indicó que el mecanismo para asignarlos será un Permiso Administrativo Temporal Revocable (PATR), en el cual se incluirá una contraprestación para el gobierno local, que consistirá en el mantenimiento y cuidado de áreas verdes o espacios públicos.

Con la entrada en vigor de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, el 21 de agosto pasado, todos los espectaculares, vallas y carteleras sólo se permitirán en los llamados nodos y corredores publicitarios. Asimismo, el plazo para el retiro de los espectaculares, incluidos en el padrón o convenios, es hasta el 21 de mayo del 2011. Después serán reubicados en los nodos y corredores publicitarios.

Puntos que destaca la nueva Ley de Publicidad Exterior

  1. Multas para quienes coloquen publicidad fuera de los lugares establecidos.
  2. Prohibición de anuncios en camellones, plazas, jardines y espacios púbñicos destinados al tránsito vehicular o peatonal.
  3. Publicidad confinada en nodos asignados por la SEDUVI.
  4. Se prohibe instalar anuncios en vehículos privados. Incluso taxis, autobuses articulados y no articulados tendrán la restricción que la altura sea hasta de un metro.
  5. Prohibe a los partidos políticos colocar propaganda en muros, bardas, edificios públicos o privados, canales, presas, puentes vehiculares o peatonales, paso a desnivel, bajo puentes, muros de contención, antenas de telecomunicación y semáforos.

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