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El actor acusó a la empresa Diageo México S.A. de C.V, por usar su imagen sin autorización.
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió a Gael García.
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La marca buscó revertir dos sentencias previas a favor del actor.
Parecían sólo buenas noticias para Johnnie Walker, la marca premium de whisky escocés de Diageo, con la elección de sede su primera tienda física, cuya ciudad fue determinada en Madrid. Sin embargo, Gael García tenía otros planes.
El actor acusó a la empresa Diageo México S.A. de C.V, por usar su imagen sin autorización para la campaña “Caminando con gigantes”.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió el amparo y rechazó los argumentos presentados por los abogados de Diageo México.
La marca buscó revertir dos sentencias previas a favor del actor por una indemnización del 40 por ciento de las ganancias publicitarias que obtuvo por la difusión de un anuncio en el que aparecían diversas imágenes del actor mexicano sin su consentimiento.
Sin embargo, con su determinación la SCJN confirmó que el uso fue indebido y el actor podrá recibir por su indemnización, aunque nada de esto se ha determinado, aún cuando el litigio comenzó en el año 2011.
García establece un precedente para las marcas que utilizan la imagen de un personaje público en sus campañas. Los derechos de autor son un tema básico para los publicistas que quieran evitar este tipo de conflictos.
En tanto, Johnnie Walker se ve afectada no sólo por la parte económica, sino por relacionarse con el uso indebido de una imagen pública, lo que puede repercutir en su reputación de marca. Recordemos que esta es trascendental.
El 90 por ciento de los ejecutivos mexicanos menciona que la reputación es incluso más importante que la marca de sus productos, de acuerdo con Weber Shandwick.