Suscríbete a Merca2.0. Haz clic aquí

Iniciativa de Ley en Publicidad de Exterior de CDMX: esto contiene

Esta iniciativa de ley pretende conseguir un ordenamiento definitivo de la publicidad, como la prohibición definitiva de los anuncios en las azoteas.
  • La iniciativa de ley la entregó el secretario de Gobierno de la Ciudad de México, Martí Batres.

  • El documento presentado consta de 60 páginas, y tiene la firma de la Jefa de gobierno Claudia Sheinbaum.

  • El documento reconoce “la importancia” que ha tenido en la economía la industria de la publicidad exterior.

 

Como una medida para ordenar de manera definitiva la publicidad y la prohibición de los anuncios en las azoteas, el secretario de Gobierno de la Ciudad de México (CDMX), Martí Batres entregó este miércoles 11 de mayo al Congreso capitalino la iniciativa de Ley de Publicidad Exterior de la CDMX.

En el documento presentado consta de 60 páginas, donde esta propuesta representa la continuación de la presentada en la 1a. Legislatura del Congreso de la Ciudad de México en julio de 2021.

De acuerdo al documento de la iniciativa de ley, se agregaron definiciones, alternativas, medidas y propuestas para combatir varias prácticas consideradas ilegales, como también uno de los objetivos de las propuesta es ordenar el paisaje urbano y regular la instalación de los espacios publicitarios.

Asimismo, el documento presentado y firmado por la Jefa de gobierno Claudia Sheinbaum, reconoce “la importancia que ha tenido en la economía la industria de la publicidad exterior, la cual no solo beneficia a los publicistas, sino también a los anunciantes, marcas, personas propietarias de inmuebles, entre otros involucrados”.

Ante eso, dicha iniciativa también resalta diversas acciones tendientes a mejorar en los siguientes ejes:

  • Mejoramiento del paisaje urbano y natural
  • Determinación clara y precisa de los medios publicitarios permitidos y prohibidos
  • Prevención de riesgos
  • Especificación de trámites y delimitación de competencias
  • Cambios en la integración y funcionamiento del ahora “Consejo de Publicidad Exterior”
  • Difusión y transparencia, a través de una Plataforma de los Medios publicitarios autorizados
  • Digitalización de trámites y procedimientos
  • Transición de una nueva Política de Publicidad Exterior en beneficio de la CDMX.

“En la presente iniciativa se considera lo abordado en las Mesas Consultivas para el Ordenamiento de la Publicidad Exterior y la Imagen urbana realizadas los días 22 y 23 de junio del 2021, llevadas a cabo entre representantes de empresas y asociaciones de la publicidad exterior de la Ciudad de México con autoridades de Gobierno capitalinos competentes en la materia”, dice parte del documento.

¿Qué medios publicitarios se prohíben o continúan prohibidos?

Por considerarlas “invasivas” y “discordantes” con el paisaje urbano o un riesgo a la seguridad estructural de los inmuebles y la ciudadanía esta iniciativa prohíbe los siguientes medios publicitarios:

  • Medios publicitarios en la azotea.
  • Medios publicitarios autosoportados de gran formato o unipolares.
  • Medios publicitarios instalados, adheridos o pintados en elementos arquitectónicos de las edificaciones.
  • Medios publicitarios que atenten contra la dignidad de las personas los cuales vulneran los valores o derechos humanos, incluso difunden mensajes sexistas o promueven la violencia de género.
  • Se hace una prohibición expresa en zonas de conservación ecológicas, áreas de valor ambiental, áreas naturales protegidas y bosques.

Cambios en publicidad con iluminación

Este formato publicitario usará únicamente luces leds, con un nivel directo al medio ambiente de hasta 600 luxes y solamente de seis de la tarde a seis de la mañana del día siguiente.

Las imágenes fijas en este formato publicitario solo pueden durar entre 18 y 30 segundos, además de que quedan prohibidos los videos e imágenes con fondos blancos y se impide emitir sonidos y proyectar luces.

La publicidad con iluminación deben al gobierno capitalino el 15 por ciento de su tiempo total de exhibición, para mensajes instituciones, cívicos y culturales, mientras que las alcaldías podrán emitir autorizaciones anuncios en vialidades secundarias (con excepciones), anuncios con información de compra y venta, así como renta de inmuebles, ofertas de empleo.

Se crea la figura de Licencia de medio publicitario denominativo masivo, con el que se pueden instalar más de cinco medios publicitarias en casos de franquicias o formatos similares.

De la publicidad con permiso de la SEMOVI

Los entes que soliciten permisos a la SEMOVI para publicidad en vehículos deberán contratar un seguro de responsabilidad civil y tramitar 10 días hábiles antes del vencimiento del mermiso, la revalidación de la publicidad en caso de que se mantenga en vehículos.

Nuevos órganos y bases de datos

Dentro de la iniciativa se establece la creación de una Plataforma Digital de Publicidad Exterior, mediante la cual se podrá consultar licencias, permisos y autorizaciones a todos los interesados en este medio.

En la plataforma se encuentra el catálogo oficial de licencias, permisos y autorizaciones, datos de ubicación de los medios publicitarios, así como opiniones técnicas.

Se crea el Consejo Consulto para Medios Publicitarios, integrado por el titular de la Secretaría, titulares de las secretarías de gobierno, del instituto de Planeación Democrática y Prospectiva, representante de la PAOT.

Sanciones por incumplir

En caso de que incumplas con las medidas establecidas en la iniciativa de Publicidad Exterior, vas a ser objeto del aseguramiento de equipo de instalación de la publicidad exterior, se suspenderá el medio, se retirará de forma total o parcial la publicidad, estructuras e instalaciones, se va a cortar, pintar o cubrir el medio publicitario, además de que se autorizará que los responsables de castigarte hagan uso de acciones, que impida la visibilidad de marcas, productos o servicios.

El material publicitario que se asegure por la autoridad tiene que ser reclamado en 30 días hábiles después del retiro, lo que obliga a pagar el costo del retiro y almacenaje de no reclamarse, se destruirá o venderá o rematará.

Con la colaboración de María Teresa Espinoza.

 

Ahora lee:

Creador de contenido idea estrategia maestra regalando dinero

Las mejores películas de Johnny Depp que puedes disfrutar con Misik

Letrero de H-E-B lleva a los consumidores al “México de los 80’s” por limitar la venta

Obtén un més gratis a Merca2.0 premium

Cancela en cualquier momento
Acceso exclusivo a rankings y radiografías.
Análisis profundos y casos de estudio de éxito.
Historial de la revista impresa en formato digital.

¡Disfruta de lo mejor del marketing sin costo alguno por un mes!

Más de 150,000 mercadólogos inscritos en nuestros boletín de noticias diarias.

Premium

Populares

Únete a más de 150,000 lectores

Regístrate a nuestro newsletter en la siguiente forma y recibe a primera hora las noticias más importantes de mercadotecnia, publicidad y medios en tu correo.

Más de Merca2.0

Artículos relacionados

You don't have credit card details available. You will be redirected to update payment method page. Click OK to continue.