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Bancos se beneficiarán con ley; podrán cobrar deudas de crédito directo de tu salario

¿A quién beneficia más la regulación de créditos de nómina con cobranza delgada?, ¿al trabajador o a los bancos?
  • Legisladores aprueban en lo general modificaciones de Ley en créditos de nómina.

  • Morena impulsar la figura de “cobranza delgada” entre los empleadores mexicanos.

  • Causa revuelo en redes el impacto que tendrá en los ingresos de los trabajadores.

 

La Cámara de Diputados aprobó reformas de Ley que priorizan el pago del crédito de nómina a través de la figura de cobranza delgada, lo cual facultaría a las empresas a descontar directamente del salario de sus trabajadores los montos que adeuden en bancos.

Con 227 votos a favor, 7 abstenciones y 210 en contra, legisladores hicieron cambios a la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, Ley de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, y a la Ley de Protección y Defensa al Usuario.

Entre las modificaciones se encuentra una sección denominada “Del Crédito de Nómina con Cobranza Delegada”, la cual, entre muchas otras cosas, estipula que los créditos de nómina requerirán de un contrato entre el beneficiario y su empleador, en el cual se da autorización de cobro sobre el salario en caso de adeudo.

No obstante, el Grupo Parlamentario de Morena, que impulsó la reforma, defendió la acción al considerar que este es uno de los productos financieros al que más acceden los trabajadores en México y que se necesita regular para el otorgamiento de créditos de menores montos y con plazos más certeros que aseguren una tasa de interés justa y el cumplimiento entre cliente e institución financiera.

Y es que, según datos del Banco de México, en 2020 se otorgaron 4.6 millones de créditos, con un saldo total de 252 mil 900 millones de pesos y un promedio de 76 mil 500 pesos por persona acreditada; entre 2019 y 2020, cinco bancos acapararon el 97.9 por ciento de los créditos: BBVA, HSBC, Citibanamex, Banorte y Santander.

 

¿Qué es la cobranza delegada en los créditos de nómina?

La cobranza delegada en créditos de nómina se refiere al cobro directo que puede realizar una institución financiera a través de la misma retención salarial de un empleador acreditado que no realice sus pagos correspondientes. Así el banco garantiza que el pago se cumpla y evita cargos acumulables.

Esta figura será añadida a la Ley de Instituciones de Crédito una vez que regrese al Senado de la República y sea actualizada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), algo que ha generado rechazo y críticas por parte de la fuerza laboral al considerar que vulnera los derechos de los trabajadores y beneficia a los empresarios.

 

 

El dictamen de cobranza delgada buscará embargar hasta el 45 por ciento del salario del trabajador, sin darle oportunidad de determinar el margen de descuento que se le realice, pues sólo el empleador y la entidad crediticia podrán acordar el porcentaje salarial que será retenido. Además, no fija claramente la tasa de interés de los créditos de nómina, por lo que la Oposición considera que abrirá la puerta a los bancos para extender incontrolablemente las deudas.

 

Crédito de Nómina con Cobranza Delegada, ¿es legal?

La aprobación de las nuevas reformas de Ley podría estar violando los artículos 5, 28 y 123 constitucionales y la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que permite embargar hasta el 30 por ciento del excedente salarial.

Asimismo, destaca una contradicción al término inembargable del salario que establece nuestra Carta Magna y vulnera los derechos y dignidad de los empleados establecidos en la Ley Federal del Trabajo, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y los tratados internacionales de México con la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

 

¿Qué opinan los trabajadores?

 

 

 

 

 

 

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