El pago de utilidades, también conocido como PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades), es una de las obligaciones laborales más importantes para los empleadores en México y uno de los temas más buscados en Google durante los meses de abril, mayo y junio. Esta prestación, respaldada por la Ley Federal del Trabajo (LFT), garantiza que los trabajadores reciban una parte proporcional de las ganancias generadas por la empresa donde laboran.
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¿Qué es PTU según la Ley Federal del Trabajo?
La PTU es una prestación constitucional que obliga a los empleadores a compartir el 10% de sus utilidades netas con sus trabajadores. Este derecho está establecido en el artículo 123 constitucional, apartado A, fracción IX, y en los artículos 117 al 131 de la Ley Federal del Trabajo.
Se considera que los trabajadores tienen derecho a participar en la riqueza que ayudaron a generar durante el ejercicio fiscal anterior, siempre y cuando la empresa haya reportado utilidades netas por encima de los $300,000 pesos anuales y tenga más de un año de funcionamiento.
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¿Cuál es la fecha límite para pagar las utilidades en 2025?
La ley establece dos fechas clave para cumplir con el pago de utilidades, dependiendo de si el empleador es persona moral (empresa) o persona física (patrón individual):
- Para personas morales (empresas):
El último día para pagar utilidades es el 30 de mayo de 2025. - Para personas físicas (patrones):
El último día para cumplir con el pago es el 29 de junio de 2025.
Esto se debe a que las personas morales presentan su declaración anual ante el SAT en marzo, mientras que las personas físicas lo hacen en abril. El artículo 122 de la LFT estipula que el reparto debe realizarse dentro de los 60 días naturales posteriores a la fecha en que se presentó la declaración anual.
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¿Qué empresas están obligadas al pago de utilidades?
Según la Ley Federal del Trabajo, todas las empresas y patrones que hayan generado utilidades netas superiores a $300,000 en el año fiscal anterior y cuenten con al menos un año de operación están obligados a hacer el pago de utilidades.
No obstante, hay excepciones, como:
- Empresas de nueva creación durante su primer año.
- Instituciones de asistencia privada sin fines de lucro.
- El IMSS y entidades públicas con fines culturales o asistenciales.
- Empresas que no hayan generado utilidades.
- Negocios cuyo capital sea menor al establecido por la STPS por ramo industrial.
¿Quiénes tienen derecho al pago de utilidades?
Los trabajadores subordinados que hayan laborado por lo menos 60 días en el año fiscal anterior, ya sea de forma continua o discontinua, tienen derecho a recibir PTU. Esto incluye:
- Trabajadores con contrato por tiempo determinado.
- Empleados que ya no laboren en la empresa (pero sí trabajaron en el periodo correspondiente).
- Trabajadores en periodo prenatal o postnatal.
- Empleados con incapacidad temporal por riesgo de trabajo.
En cambio, no tienen derecho:
- Directores, administradores y gerentes generales.
- Socios, accionistas y personas que prestan servicios profesionales independientes.
- Trabajadores domésticos.
¿Cómo se calcula el pago de utilidades?
El cálculo del PTU se realiza en dos partes iguales:
- El 50% se distribuye según los días trabajados por cada empleado durante el año fiscal, sin importar su salario.
- El otro 50% se reparte según el salario devengado durante el mismo periodo.
El salario considerado es el correspondiente a la cuota diaria en efectivo. No se incluyen comisiones, horas extra ni gratificaciones. En el caso de salarios variables, se utiliza el promedio anual.
¿Qué pasa si no me pagan las utilidades a tiempo?
El incumplimiento del pago de utilidades puede ser denunciado ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET). Según la LFT, los empleadores pueden ser sancionados con multas que van de 50 a 5000 veces el salario mínimo diario vigente.
Además, el trabajador cuenta con un plazo de un año, a partir del día siguiente de la fecha límite, para reclamar este derecho.
¿Dónde puedo pedir asesoría si no recibí el PTU?
La PROFEDET brinda atención gratuita y especializada en casos de omisión o errores en el pago de utilidades:
- Teléfonos:
01 800 911 7877 / 01 800 717 2942 - Correo electrónico:
[email protected] - Horarios de atención:
Lunes a viernes de 8:30 a 16:30 horas - Oficinas físicas:
Hay 48 oficinas en todo el país.
¿Las utilidades pagan impuestos?
Sí. El PTU está sujeto al Impuesto Sobre la Renta (ISR), pero únicamente la parte que excede 15 días de salario mínimo es gravable. La empresa realiza la retención correspondiente antes de depositarlo al trabajador.