La reciente publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) sobre la CURP biométrica ha generado un enorme por la que será la nueva identificación oficial en México. Desde que el DOF publicó la reforma a la Ley General de Población el pasado 16 de julio de 2025, las búsquedas en Google relacionadas con la CURP biométrica se han disparado: “CURP biométrica cuándo entra en vigor”, “dónde sacar la CURP biométrica” o “CURP biométrica dónde se tramita” son solo algunos ejemplos de la inquietud que predomina.
LEE TAMBIÉN. ¿Qué pasó con la jornada laboral de 40 horas? ¿Entrará en vigor durante 2025? Lo que sigue
Al respecto, han circulado una serie de informaciones sobre su trámite. Te explicamos a detalle qué dice la ley publicada en el DOF, cuál es el fundamento legal de esta nueva modalidad, cuándo podría entrar en vigor y cómo se prevé que se realizará el trámite para obtenerla.
¿Qué es la CURP biométrica según el DOF?
La CURP biométrica es una nueva modalidad de la Clave Única de Registro de Población (CURP) que, además de contener los datos tradicionales como nombre, fecha de nacimiento, sexo, lugar de nacimiento y nacionalidad, incorporará huellas dactilares y una fotografía. Así lo establece el Artículo 91 Bis de la reforma publicada en el DOF:
“La Clave Única de Registro de Población que, además de los datos previstos en el artículo 91 de esta Ley, contenga huellas dactilares y fotografía, será el documento nacional de identificación obligatorio, de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional, y estará disponible en formato físico y digital.”
Esto significa que será un documento de identidad oficial que deberá ser aceptado tanto en instancias públicas como privadas, y que tendrá una versión física y otra digital.
LEE TAMBIÉN. ¿Qué universidades en línea son avaladas por la SEP 2025? Una lista de 25 opciones
¿La CURP biométrica cuándo entra en vigor?
Aunque el decreto ya se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), aún no existe una fecha específica de entrada en vigor para la Clave Única de Registro de Población biométrica en términos prácticos. Lo que la ley establece son una serie de plazos para que diversas instancias gubernamentales desarrollen las herramientas necesarias para su implementación.
Por ejemplo, la Secretaría de Gobernación, junto con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, deberá desarrollar la Plataforma Única de Identidad en un plazo no mayor a 90 días naturales a partir de la entrada en vigor del decreto, es decir aproximadamente el 14 de octubre.
Además, en el mismo periodo, las autoridades de los tres órdenes de gobierno deberán habilitar los mecanismos para consultar, transferir y validar la información que será incorporada a la CURP biométrica.
Es decir, aunque ya existe un marco legal para la CURP biométrica, el proceso operativo y los mecanismos específicos para obtenerla todavía están en construcción y se espera que sean informados por las autoridades en los próximos meses.
¿Dónde se tramita la CURP biométrica?
Una de las preguntas más frecuentes en buscadores es: “CURP biométrica dónde se tramita” o “dónde sacarla”. La respuesta aún no es definitiva porque la Secretaría de Gobernación no ha definido oficialmente el proceso operativo para su expedición.
Sin embargo, el texto publicado en el DOF en el artículo 91 Bis ofrece algunas pistas:
“La Secretaría de Gobernación llevará a cabo acciones para integrar los datos biométricos de las personas a la Clave Única de Registro de Población, mediante:
I. La transferencia de los datos biométricos que obren en poder de las autoridades de los tres órdenes de gobierno al Registro Nacional de Población, previa autorización de su titular, o
II. La asistencia de los titulares a los centros que al efecto habilite la Secretaría de Gobernación para tal efecto.”
Esto quiere decir que se contemplaría un doble mecanismo para la CURP biométrica:
- Transferencia de datos biométricos ya existentes: Si alguna dependencia del gobierno ya cuenta con tus datos biométricos, como el INE, el SAT o la Secretaría de Relaciones Exteriores, es posible que se integren a la CURP biométrica con tu autorización previa.
- Trámite presencial: Si no has proporcionado tus datos biométricos a ninguna dependencia, podrías acudir a centros que habilitará la Secretaría de Gobernación para realizar este trámite.
Por ahora, esta es solo una previsión legal. El mecanismo oficial y definitivo se dará a conocer cuando las autoridades anuncien el proceso correspondiente.
¿Qué instituciones ya cuentan con datos biométricos?
En México, algunas instituciones ya tienen bases de datos biométricos:
- INE: Cuenta con huellas dactilares, fotografía y otros datos para la credencial de elector.
- SAT: Para la generación de la e.firma se capturan huellas y fotografías.
- Secretaría de Relaciones Exteriores: Al tramitar el pasaporte biométrico se recogen datos similares.
Estas dependencias podrían transferir los datos al Registro Nacional de Población (RENAPO) siempre y cuando el ciudadano otorgue su consentimiento.
¿Qué otros cambios contempla la ley publicada en el DOF sobre la CURP biométrica?
El DOF también publicó otras adiciones importantes a la Ley General de Población que acompañan la implementación de la CURP biométrica:
- Artículo 91 Ter: La CURP biométrica se vinculará con el Registro del Sistema Nacional de Salud, facilitando el acceso a servicios de salud y otros registros nacionales.
- Artículo 91 Quater: Se creará la Plataforma Única de Identidad, que permitirá consultar, validar y gestionar la CURP biométrica a través del Servicio Nacional de Identificación Personal.
- Artículo 91 Quinquies: La Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones estará a cargo de la versión digital de la CURP.
- Artículo 91 Sexies: La CURP deberá ser usada para validar y autenticar la identidad de las personas en medios digitales, siendo un requisito obligatorio para todos los trámites y servicios públicos y privados.
Además, quienes incumplan con estas disposiciones, tanto autoridades como particulares, podrían ser sancionados con multas de entre 10,000 y 20,000 veces el valor diario de la UMA (Unidad de Medida y Actualización).
¿La CURP biométrica será obligatoria?
Sí. El DOF establece que la CURP biométrica será un documento nacional de identificación obligatorio, y tanto su versión física como digital deberán ser aceptadas en todo el país por cualquier institución pública o privada.
“Todo ente público o particular estará obligado a solicitar la Clave Única de Registro de Población para la prestación de sus trámites y servicios.”
Este cambio pretende centralizar y unificar los procesos de identificación en México, facilitando la autenticación de identidad en distintos ámbitos, desde trámites bancarios hasta servicios de salud.
¿Qué pasará con los niños y menores de edad en la implementación de la CURP biométrica?
De acuerdo con el DOF, la Secretaría de Gobernación tiene hasta 120 días naturales para establecer el Programa de Integración al Registro Nacional de Población de los datos biométricos de niñas, niños y adolescentes, asegurando la coordinación con las autoridades correspondientes.
Asimismo, todos los entes públicos y privados deberán adoptar las medidas necesarias para incluirla como requisito en sus trámites en un plazo de 90 días naturales a partir de la entrada en vigor del decreto.
Y entonces, ¿dónde y cuándo sacar la CURP biométrica?
La publicación en el Diario Oficial de la Federación marcó un banderazo de salida para el trámite, pero todavía NO es posible tramitarla en ninguna oficina o dependencia. Tampoco existe una fecha límite. Las autoridades están en fase de planeación y desarrollo de plataformas para su implementación.
En resumen:
- CURP biométrica cuándo entra en vigor: No hay fecha definitiva; los plazos iniciales establecidos por la ley son de 90 a 120 días para preparar los sistemas.
- CURP biométrica dónde se tramita: Aún no se define oficialmente, pero se prevé en centros habilitados por la Secretaría de Gobernación o mediante la transferencia de datos biométricos ya existentes con consentimiento.
- Dónde sacar la CURP biométrica: Próximamente, se informarán los puntos y procedimientos oficiales.
Por ahora, se recomienda estar atentos a los comunicados de la Secretaría de Gobernación y del Registro Nacional de Población, quienes serán los responsables de anunciar el inicio formal del trámite y los centros donde podrá obtenerse la CURP biométrica.