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¿CURP biométrica entra en vigor en octubre? Lo que sabemos

Preguntas como “CURP biométrica cuándo entra en vigor” se ha convertido en tendencia en Google Trends tras la publicación en el DOF

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La publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del pasado 16 de julio de 2025 sobre la implementación de la CURP biométrica ha encendido las alertas y las búsquedas en Google Trends. Preguntas como “CURP biométrica cuándo entra en vigor”, “dónde sacar la CURP biométrica” o “CURP biométrica dónde se tramita” se han vuelto tendencia entre los mexicanos que quieren saber cómo y cuándo podrán obtener este nuevo documento de identidad. La expectativa crece porque el decreto establece plazos que se cumplen en octubre, pero ¿eso significa que entrará en vigor entonces? Aquí te explicamos todo lo que se sabe hasta ahora.

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¿Qué dice el DOF sobre la CURP biométrica y su entrada en vigor?

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el 16 de julio de 2025 el decreto que reforma la Ley General de Población para dar vida a la CURP biométrica, una versión actualizada de la Clave Única de Registro de Población (CURP) que ahora incluirá huellas dactilares y fotografía, convirtiéndose en:

“El documento nacional de identificación obligatorio, de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional, y estará disponible en formato físico y digital.”

Aunque la ley ya está publicada, esto no significa que la CURP biométrica ya pueda tramitarse, ni que todos los ciudadanos tengan que acudir a algún centro para obtenerla de inmediato. La propia ley contempla una serie de plazos y condiciones para su implementación, lo que nos lleva a octubre como un mes clave en el calendario.

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¿Por qué se menciona octubre para la CURP biométrica?

Uno de los puntos que más interés ha generado es la referencia a los 90 días naturales posteriores a la publicación en el DOF que se establecen en los artículos transitorios del decreto. Específicamente, se señala que:

“La Secretaría de Gobernación, con el apoyo técnico de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, desarrollará la Plataforma Única de Identidad en un plazo no mayor a 90 días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto.”

Dado que la publicación fue el 16 de julio de 2025, esos 90 días se cumplirán el 14 de octubre de 2025.

Sin embargo, es importante aclarar que este plazo corresponde al desarrollo de la plataforma tecnológica, necesaria para gestionar la CURP biométrica, y no al inicio del trámite para la ciudadanía en general.

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¿Entonces la CURP biométrica cuándo entra en vigor realmente?

Aunque la plataforma debe estar lista en octubre de 2025, la ley no fija un día específico en que la CURP biométrica estará disponible para todos los ciudadanos. Antes de que la CURP biométrica sea una realidad operativa, el gobierno debe:

  1. Habilitar los mecanismos de transferencia, consulta y validación de datos biométricos que ya obran en poder de distintas instituciones.
  2. Establecer centros físicos para capturar biométricos, para aquellos que no los hayan proporcionado previamente en otras dependencias.
  3. Informar a la población el procedimiento oficial para el trámite, ya sea presencial o mediante la transferencia de datos con consentimiento.

Por tanto, si bien octubre será clave en el desarrollo tecnológico y de infraestructura, la entrada en vigor operativa y a nivel ciudadano podría extenderse hacia finales de 2025 o incluso 2026, dependiendo de la rapidez de implementación por parte de la Secretaría de Gobernación.

¿Dónde se tramita la CURP biométrica?

Una de las búsquedas más recurrentes en Google es: “CURP biométrica dónde se tramita” o “dónde sacar la CURP biométrica”. A la fecha, la autoridad no ha definido ni anunciado oficialmente los puntos de atención para que la población realice el trámite.

No obstante, el decreto publicado en el DOF proporciona algunas pistas clave en el Artículo 91 Bis:

“La Secretaría de Gobernación llevará a cabo acciones para integrar los datos biométricos de las personas a la Clave Única de Registro de Población, mediante:

I. La transferencia de los datos biométricos que obren en poder de las autoridades de los tres órdenes de gobierno al Registro Nacional de Población, previa autorización de su titular, o

II. La asistencia de los titulares a los centros que al efecto habilite la Secretaría de Gobernación para tal efecto.”

Esto quiere decir que existen dos vías potenciales para tramitar la CURP biométrica:

  1. De forma automática mediante el consentimiento del ciudadano, para que se integren sus datos biométricos ya recabados por el INE, SAT, Secretaría de Relaciones Exteriores, entre otros.
  2. De forma presencial en centros que habilitará la Secretaría de Gobernación, aún por definirse.

¿Qué datos tendrá la CURP biométrica?

La CURP biométrica incluirá los siguientes datos:

  • Nombres y apellidos
  • Fecha de nacimiento
  • Sexo o género
  • Lugar de nacimiento
  • Nacionalidad
  • Fotografía
  • Huellas dactilares

Este documento busca ser el registro único y centralizado que sirva para autenticar la identidad en trámites públicos y privados.

¿Cómo funcionará la Plataforma Única de Identidad?

Una de las grandes innovaciones contempladas en la ley es la creación de la Plataforma Única de Identidad, que:

“Permitirá la consulta, validación y gestión de las Claves Únicas de Registro de Población que permita la integración de los datos biométricos.”

Dicha plataforma será la base tecnológica para el Servicio Nacional de Identificación Personal, lo que permitirá una autenticación digital segura, útil para trámites en línea, servicios bancarios, salud, educación, entre otros.

También se contempla que:

“La versión digital de la Clave Única de Registro de Población como identificación estará a cargo de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.”

¿La CURP biométrica será obligatoria?

Sí. La CURP biométrica será de uso obligatorio. Según el artículo 91 Sexies:

“Todo ente público o particular estará obligado a solicitar la Clave Única de Registro de Población para la prestación de sus trámites y servicios.”

Esto incluye desde instituciones gubernamentales hasta bancos y empresas privadas, lo que convertirá a la CURP biométrica en el documento de identificación oficial por excelencia en México.

¿Habrá sanciones para quien no la implemente?

Las instituciones que no adopten la CURP biométrica en sus trámites serán sancionadas. El artículo 114 Bis establece:

“Las autoridades de los tres órdenes de gobierno y particulares que incumplan con las obligaciones previstas en el artículo 91 Bis de esta Ley, serán sancionadas con multas de 10,000 a 20,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).”

¿Qué pasará con los datos biométricos de menores de edad?

Otro punto importante es que la Secretaría de Gobernación tiene 120 días naturales a partir de la publicación en el DOF para implementar un Programa de Integración al Registro Nacional de Población de los datos biométricos de niñas, niños y adolescentes.

Ese plazo se cumpliría el 13 de noviembre de 2025, con lo que se definirá cómo se incorporarán los datos biométricos de los menores.

¿La CURP biométrica estará disponible en octubre?

No exactamente. Si bien el plazo de 90 días tras la publicación en el DOF vence el 14 de octubre de 2025, esto no significa que la CURP biométrica estará disponible para trámite desde esa fecha. En octubre, las autoridades deben tener lista la Plataforma Única de Identidad, pero el proceso oficial de obtención, los centros de atención y la habilitación del trámite aún deberán anunciarse.

Fechas clave:

  • Publicación en el DOF: 16 de julio de 2025
  • 90 días para la Plataforma Única de Identidad: 14 de octubre de 2025
  • 120 días para el programa de datos biométricos de menores: 13 de noviembre de 2025

Por ahora, lo más recomendable es esperar los comunicados oficiales de la Secretaría de Gobernación y el Registro Nacional de Población, quienes definirán el calendario, requisitos y sedes oficiales para la CURP biométrica.

Hasta entonces, seguiremos atentos a cualquier novedad que las autoridades federales publiquen respecto a este cambio histórico en la identificación de los mexicanos.

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