El monto de la pensión mínima del ISSSTE es un tema que genera gran expectativa entre los trabajadores al servicio del Estado. Cada año, este ingreso vital para miles de jubilados se ajusta conforme al comportamiento de la inflación, y para 2026 no será la excepción. ¿De cuánto será la pensión mínima garantizada del ISSSTE en 2026? Aunque todavía falta que las autoridades hagan oficial la actualización, ya existen proyecciones con base en los indicadores económicos que permiten estimar cuánto podría ser la pensión garantizada el próximo año.
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Te explicamos todo lo que debes saber sobre la pensión mínima garantizada del ISSSTE en 2026, los factores que determinan su incremento y las diferencias entre los esquemas de pensión que ofrece la institución.
¿Cuánto es la pensión mínima garantizada del ISSSTE en 2025?
Actualmente, el monto de la pensión mínima garantizada para los jubilados del ISSSTE en 2025 es de 6,676.48 pesos mensuales, de acuerdo con el sitio oficial del gobierno de México. Esta cantidad se actualiza de forma anual conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), lo que significa que se incrementa para compensar el efecto de la inflación y preservar el poder adquisitivo de los pensionados.
¿De cuánto podría ser el aumento de la pensión del ISSSTE en 2026?
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Banco de México (Banxico) han presentado estimaciones sobre la inflación proyectada para 2026, las cuales sirven como base para calcular un escenario aproximado del nuevo monto de la pensión mínima:
Escenario 1: Inflación estimada por SHCP del 3%
- 6,676.48 pesos x 1.03 = 6,876.77 pesos mensuales
Escenario 2: Inflación estimada por Banxico del 4.07%
- 6,676.48 pesos x 1.0407 = 6,948.45 pesos mensuales
Estos montos son únicamente una proyección y el cálculo final dependerá de la inflación real que se registre al cierre de 2025 y de las disposiciones oficiales que emita el ISSSTE en los primeros meses de 2026.
¿Quiénes tienen derecho a la pensión mínima garantizada del ISSSTE?
La pensión mínima garantizada es una protección para los trabajadores que cumplan con los siguientes requisitos, pero cuyos ahorros en su Cuenta Individual Afore sean insuficientes para financiar una renta vitalicia o un retiro programado:
- Tener al menos 25 años de cotización en el ISSSTE.
- Haber cumplido 60 años para pensión por cesantía en edad avanzada o 65 años para pensión por vejez.
- Estar registrado en una Afore y contar con su expediente de identificación actualizado.
- Contar con los documentos requeridos, como la Concesión de Pensión, identificación oficial, estado de cuenta de la Afore y estado de cuenta bancario con CLABE.
¿Cuál es la diferencia entre el Régimen Ordinario y el Décimo Transitorio del ISSSTE?
El ISSSTE ofrece dos esquemas de pensión y conocer a cuál perteneces es clave para planificar tu retiro:
Régimen Ordinario (Ley ISSSTE 2007)
Aplica para quienes comenzaron a cotizar a partir del 1 de abril de 2007 o aceptaron los Bonos de Pensión. Su principal característica es que la pensión se determina en función de los recursos acumulados en la cuenta individual administrada por una Afore. Este esquema contempla tres modalidades:
- Renta Vitalicia
- Retiro Programado
- Pensión Mínima Garantizada, si los recursos son insuficientes
Cabe destacar que este régimen establece un tope de 10 UMAs para el cálculo del monto mensual.
Régimen del Décimo Transitorio
Este régimen es exclusivo para quienes cotizaban antes de abril de 2007 y no aceptaron los Bonos de Pensión. A diferencia del Régimen Ordinario, aquí la pensión se calcula con base en el sueldo básico y los años de servicio, sin estar sujeta a topes de UMAs. Las modalidades de pensión bajo este esquema incluyen:
- Pensión por Jubilación: Hasta el 100% del sueldo básico.
- Pensión por Edad y Tiempo de Servicio: Entre el 50% y el 95% del sueldo básico.
- Cesantía en Edad Avanzada: Entre el 40% y el 50% del sueldo básico.
- Invalidez o Muerte: Dependiendo de las circunstancias y años cotizados.
¿Dónde se puede solicitar información o iniciar el trámite de pensión?
Para obtener información personalizada o iniciar el trámite de pensión, el ISSSTE pone a disposición de los trabajadores y jubilados los siguientes canales:
📞 CAT ISSSTE: 55 5062 0555 (CDMX) | 800 400 1000 / 800 400 2000 (interior del país)
💬 WhatsApp: 55 5062 0555
📧 Correo electrónico: [email protected] | [email protected]
☎️ ASISSSTETEL: 55 4000 1000
Es importante acudir a la Delegación correspondiente con la documentación requerida y, en caso de dudas, solicitar asesoría en los Centros de Atención al Público (CAP).