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Vacantes que ponen límite de edad son discriminatorias

El mundo del trabajo ha evolucionado a tal punto que la igualdad, equidad e inclusión son un punto clave para el desarrollo y crecimiento del negocio.
  • Los anuncios de trabajo ubicados en plataformas digitales y tradicionales que determinan una edad para participar son discriminatorios.

  • Si bien las empresas piensan en la rentabilidad económica, olvidan que mientras lo hacen excluyen.

  • La SCJN determinó que el requisito es discriminatorio en 2014, pero actualmente se sigue perpetuando.

Al buscar empleo en plataformas o anuncios tradicionales es común leer un limite de edad. Ello, apoyado en estereotipos o estigmas asociados a la edad, en el caso de los jóvenes refiere a una poca experiencia profesional; mientras tanto, los mayores tienen en sus frentes el letrero de poca adaptación a la digitalización, cambios o flexibilidad; no obstante, todo requerimiento contractual está vinculado a la rentabilidad económica, pero las empresas olvidan que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que poner un límite de edad en las vacantes las hace discriminatorias.

Pese a que el amparo de revisión se otorgó en 2014, las empresas continuan con las malas prácticas.

El origen de la determinación se remota a 2007 cuando una persona publicó en el periódico vacantes para la industria restaurantera y tres personas presentaron demandas por daño moral al considerar que los rangos de edades eran discriminatorios. Ante el hecho, un Juez de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal no otorgó el amparo debido a que la empresa solo fijo los parámetros de contratación.

Frente a una resolución que no tomaba en cuenta el derecho a la no discriminación y el derecho al libre acceso al empleo, los actores promovieron una apelación y esta fue confirmada hasta febrero de 2013.

Y es que el limite de edad “vulnera de forma fragante la dignidad de las personas, al fomentar la exclusión por cuestión de edad generándose así un grupo vulnerable”, dice el Licenciado Héctor Musalem Oliver en su crónica “La edad como factor de discriminación en el mercado laboral”.

Ese, entre otros puntos de defensa, hicieron que el Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito dictará sentencia, pero de nuevo el amparo fue negado. Entre apelaciones y recursos de revisión, los quejosos nunca se rindieron hasta que se enfrentara el principio de contratación al principio de igualdad en el ámbito de empleo.

Por mayoría de votos el 12 de noviembre de 2014 se resolvió el recurso de revisión a favor de los quejosos.

Pese a que sean discriminatorias, vacantes con límite de edad siguen presentes 

El mundo del trabajo ha evolucionado a tal punto que la igualdad, equidad e inclusión son un punto clave para el desarrollo y crecimiento del negocio. En ese panorama, no importa la condición de la persona siempre y cuando cumpla con las competencias y pueda desempeñarse efectivamente.

No obstante, vacantes siguen perpetuando los requisitos discriminatorios por edad pensando en la rentabilidad de su empresa.

Es fácil encontrar la perpetuación de la discriminación en bolsas de trabajo, por ejemplo, en Indeed al poner la palabra clave “abogado” se desprende la vacante de Orientador y Asesor Informativo de la empresa U.S. Live Digital Marketing LLC y en la descripción completa del empleo se puede leer: edad de 25 a 50 años. Si bien, toma un amplio rango de edad, este no debería de existir conforme a la determinación de la SCJN.

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