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¿Qué debes saber sobre la compensación por cancelación de un vuelo?

En las primeras semanas de la entrada en vigor de la Ley de Aviación Civil generaron compensaciones por casi 4 millones de pesos.

Compensaciones por demoras o retrasos, indemnización en caso de cancelación o información clara, son algunos de los derechos que se deben saber al viajar en avión.

Uno de los derechos es que los costos de los boletos deben incluir todos los conceptos e impuestos, así como informar y respetar tarifas y restricciones, de acuerdo con las recomendaciones de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

En los casos de retrasos, las aerolíneas deben recompensar con descuentos para vuelos posteriores hacia el mismo destino y ofrecer alimentos y bebidas, según las políticas de la empresa en caso de la demora de una a dos horas.

En los retrasos de dos a cuatro horas, la Profeco indica que las rebajas por compensación no podrán ser menores a 7.5 por ciento del precio del ticket y mayor a cuatro horas dar promociones para vuelos posterior hacia el destino contratado con alimentos y bebidas o una opción de indemnización para cancelar el vuelo.

Cabe destacar que las aerolíneas no pueden realizar cargos que pretendan condicionar la compra del boleto a la contratación obligatoria de servicios adicionales, ya sea como seguros, renta de auto, servicios de asistencia o donaciones.

En ese sentido, la información debe ser precisa, veraz, comprobable y clara, sin inducir a error y confusión.

La Ley de Aviación Civil y Ley Federal de Protección al Consumidor también indican que en una cancelación se debe retribuir el precio del ticket o la parte no realizada del viaje e indemnización no inferior a 25 por ciento del mismo a más tardar en 10 días naturales.

Conjuntamente, es obligación de la empresa ofrecer transporte sustituto en el primer vuelo disponible y acceso a llamadas, mensajes e internet; así como alojamiento y transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.

Por otra parte, el transporte de animales domésticos debe ser con medidas que disminuyan su tensión, sufrimiento, dolor y traumatismo.

Algo a lo que hay que poner atención es la sobreventa de vuelos, ya que en dicha situación las aerolíneas solicitan voluntarios que renuncien al embarque a cambio de beneficios, sin embargo, existe preferencias por personas de la tercera edad, embarazadas, con discapacidades o menores no acompañados.

En 2017, entró en vigor la Ley de Aviación Civil, que dentro de sus principales disposiciones están las compensaciones a usuarios por el retraso y cancelaciones de vuelos, la Profeco señaló que el monto entre empresas y clientes ascienden a los 3 millones 965 mil 226 pesos.

La instancia señaló que en total se realizaron 368 conciliaciones que permitieron la recuperación de ese monto, el cual fue nivel nacional y comprende desde el 8 de noviembre, fecha en que se pusieron en marcha las reformas a la Ley, y hasta el 10 de diciembre.

Durante ese periodo se recibieron 33 denuncias de los consumidores, 26 fueron remitidas a las delegaciones del organismo. Por otra parte, 195 recibieron orientación, otros 631 tuvieron acceso al servicio para pesar su equipaje y siete se canalizaron a Concilianet.

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