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Juez ordenó prohibir Rappi, Glovo, PedidosYa, Uber Eats y otras apps de envíos

En un fallo que está generando polémica en Argentina, un juez señaló que las compañías que realizan envíos a domicilio por estos sistemas están operando "en franca transgresión a la normativa vigente".

Los repartidores low cost son cada vez más en la Argentina, especialmente en Buenos Aires y otras grandes ciudades del país, donde ya inundan las calles céntricas viajando en bicicletas y motos.

Tanto Glovo, PedidosYa o Rappi (hay otras también) pueden llevar desde comida hasta medicamentos por apenas 50 pesos el viaje, lo que equivale a alrededor de 1,10 dólares.

Es por esto que genera polémica un sorpresivo fallo de esta semana de un juez que ordena prohibir a estas apps de reparto. La medida tiene vigencia para el área metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires y podría impactar con dureza un negocio de rápido crecimiento.

Desde el Gobierno ya hubo respuesta. La Secretaría de Transporte de la ciudad dijo que recusará al juez por “abuso de autoridad, parcialidad y prejuzgamiento”.

En el fallo, el magistrado señala que las compañías operan “en franca transgresión a la normativa vigente” y solicita que se apliquen las medidas para que cumplan con los requisitos de seguridad e higiene.

Bigstock.

Respuesta

Las empresas salieron a responder la determinación judicial.

La compañía de origen español Glovo dijo en un comunicado que la industria local está enfrentando un “nuevo paradigma” y señaló la necesidad de generar un debate para alcanzar un acuerdo que beneficie a todos.

Glovo está activa en Argentina desde el primer trimestre de 2018 y da empleo a unas 140 personas en el país, según la firma.

La colombiana Rappi es otra de las más difundidas. También llegó al país en 2018 y confirmó este miércoles que apelará la decisión judicial.

La compañía argentina con más penetración en el mercado del reparto es PedidosYa, que no dio a conocer qué medidas tomará respecto del fallo.

Puntualmente, la Justicia le exige al Gobierno de la Ciudad que prohíba la actividad de las empresas de delivery Rappi, Glovo y Pedidos Ya hasta que sus repartidores cumplan con las medidas de seguridad exigidas por el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad.

El fallo corresponde al Juzgado N°2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, que está a cargo de Andrés Gallardo.

Y un dato, el dictamen prevé que sea el Ejecutivo de la ciudad quien “subsidie” a los repartidores durante el tiempo que estén impedidos de prestar servicios.

El fallo del juez partió de un relevamiento que el propio juzgado le pidió a la Policía de la Ciudad. De allí se dedujo que:

  • el 77% de los delivery circulaba con el portaobjetos cargado en la espalda,
  • que el 70% desempeñaba tareas sin seguro
  • y que el 67% circulaba sin casco protector.

Además, a través del Ministerio de Salud de la Ciudad, se sumó el dato de que en un mes se atendieron 25 víctimas de accidentes de tránsito en la vía pública mientras se desempeñaban como repartidores.

Y hay más: las estas empresas no están inscriptas en el Registro de Transporte en Motovehículo y Ciclorodados.


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