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En el texto presentado en su portal digital en segundo, se advirtió que la publicación realizada en Facebook tiene la característica de publicidad pagada.
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En las elecciones 2018 para elegir al representante de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, Morena obtuvo el 40.8 por ciento de la votación.
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En un segundo asunto, la Comisión conoció de la queja presentada por el PRD en contra de Morena por el supuesto uso indebido de la pauta con la difusión de los promocionales denominados MEXICO NOS NECESITA V1 y MÉXICO NOS NECESITA V2 pautados para radio y televisión.
Luego de la denuncia de los partidos políticos Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) contra el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) por la difusión de dos videos en redes sociales, donde el partido político del presidente Andrés Manuel López Obrador, promocionará la revocación de mandato, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) pidió al partido político bajar “en menos de tres horas” dos videos difundidos en Facebook, Twitter y YoutubeV donde promociona revocación de mandato.
De acuerdo a información del INE, “se entiende por propaganda electoral el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que durante la campaña electoral producen y difunden los partidos políticos, los candidatos registrados y sus simpatizantes, con el propósito de presentar ante la ciudadanía las candidaturas registradas”.
En las elecciones 2018 para elegir al representante de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, Morena obtuvo el 40.8 por ciento de la votación, mientras que el PRD el 15.4 por ciento, el PRI el 12.8 y el PAN el 12 por ciento.
Esto dijo el INE sobre los videos de Morena
Mediante un comunicado de prensa la Comisión estimó procedente la medida cautelar, primero, porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al resolver la acción de inconstitucionalidad 151/2021 determinó que es contrario a la Constitución que los partidos políticos promuevan la participación ciudadana en el proceso de Revocación de Mandato.
Asimismo, en el texto presentado en su portal digital en segundo, se advirtió que la publicación realizada en Facebook tiene la característica de publicidad pagada, “por lo que se dio vista a la Unidad Técnica de Fiscalización para que analice si hay uso indebido de recursos por Morena al promover la revocación de mandato”.
“En un segundo asunto, la Comisión conoció de la queja presentada por el PRD en contra de Morena por el supuesto uso indebido de la pauta con la difusión de los promocionales denominados MEXICO NOS NECESITA V1 y MÉXICO NOS NECESITA V2 pautados para radio y televisión, que, en concepto del quejoso, en tiempo ordinario interfiere en el proceso de Revocación de Mandato al posicionar la imagen del Ejecutivo Federal, además de que se condiciona el voto de la ciudadanía a favor de éste”, se lee en el portal.
Por su parte, el consejero Ciro Murayama, señaló que “fue la SCJN quien estableció que era inconstitucional que los partidos políticos pudieran hacer promoción de la revocación de mandato. En la ley se contemplaba esa posibilidad. La Corte estimó que eso transgrede el marco constitucional y por tanto, en este ejercicio en curso los partidos no pueden promover la participación”.
Asimismo comentó que “hay una posible violación adicional que es el uso de recursos públicos para fines no permitidos a estos organismo políticos”.
“El hecho de que en Facebook esta publicidad sea además pagada, quiere decir que se están usando desde el partido para hacer algo que el partido tiene prohibido”, agregó.
En ese sentido, explicó que el decreto publicado este jueves 17 de marzo en el Diario Oficial de la Federación en donde se interpreta el alcance de propaganda gubernamental, “que este no tiene nada que ver con las restricciones a los partidos políticos”. “Es decir, de ninguna manera puede desentenderse que lo que se publicó ayer abre la puerta a que los partidos se vuelvan protagonistas de la revocación. No hay nada sobre partidos, es para servidores públicos”, puntualizó.
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