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Estos son los cambios que debes conocer tras la reforma al outsourcing

Es importante entender qué cambia tanto para las empresas como para los empleados con esta nueva reforma alrededor del outsourcing.

Hace algunos días se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la reforma al outsourcing y el reparto de utilidades, tema que desde hace varios meses ha puesto de cabeza a cientos de empresas en el país.

Esta propuesta que ahora se ha convertido en ley no es nada nueva. Se trata de un tema que ha generado toda clase de polémica ante las dos caras que planeta el cambio: Los derechos y garantías del consumidor y el impacto económico así como operacional que podría tener para las empresas.

Los antecedentes 

A finales del 2019, el Senado de la República avaló una reforma a la Ley Federal del Trabajo para impulsar la eliminación de subcontrataciones para las empresas manos de terceros.

El sistema de outsourcing se venía impulsando desde la reforma a la Ley Federal del Trabajo, que se dictaminó en noviembre de 2012, e incluso desde antes. Preveía que las compañías podían recurrir a la contratación de trabajadores que estaban empleados por otras empresas, casi siempre especializadas en la gestión de recursos humanos, las cuales se encargaban del pago de su sueldo y las prestaciones que por ley le corresponden a los trabajadores, tales como seguridad social, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, entre otras.

Estas características que facilitan la gestión del talento, llevaron a muchas empresas a ver con buenos ojos este modelo de contratación; no obstante, muchas de estas compañías que ofrecen este servicio operan bajo sistemas irregulares.

Cifras de la empresa de gestión de recursos humano, Manpower, indican que hacia finales de 2018, el 80 por ciento de las compañías del país confiaban a las empresas de outsourcing la contratación de su personal.

A pesar de este interés, datos de la empresa Red Ring indican que sólo el 10 por ciento de las empresas que prestan los servicios de subcontratación de personal están en la formalidad y cumplen con todas sus obligaciones patronales. 

Lo que debes saber

Con este antecedente, el viernes pasado el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, en el Diario Oficial de la Federación el decreto con la reforma que regula el outsourcing, por lo que a partir del sábado 24 de abril entraron en vigor nuevas disposiciones referentes a la subcontratación laboral.

De manera puntual, la reforma considera cambios realizados a siete leyes: Ley Federal del Trabajo; Ley del Seguro Social; Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; Código Fiscal de la Federación; Ley del Impuesto sobre la Renta; Ley del Impuesto al Valor Agregado, y Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional.

Con esto en mente es importante entender  qué cambia tanto para las empresas como para los empleados con esta nueva reforma:

Generales 

  • DE manera puntual la reforma regula el outsourcing. lo que significa que aunque prohíbe la subcontratación de personal, permite la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante.
  • Esta subcontratación deberá presentarse de manera formal con un contrato por escrito, señalando el número de trabajadores que participarán y la empresa tendrá que estar previamente registrada ante el padrón de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS).

Lo que esta prohibido

  • Así desde el pasado sábado ha quedado prohibida la subcontratación de personal, entendiéndose ésta cuando una persona física o moral proporciona o pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra.
  • Queda prohibido que las agencias de empleo o intermediarios intervengan en el proceso de contratación de personal participen en el reclutamiento, selección, entrenamiento y capacitación, entre otros. 
  • Estas empresas no pueden ser consideradas “patrones”, ese rol solo corresponde a las compañías que demandan los servicios de los empleados.

Reparto de utilidades 

  • Adicional se hicieron ajuste en lo que respecta al reparto de utilidades. Este monto tendrá como límite tres meses del salario del trabajador o el promedio del dinero recibido en los últimos tres años, pero siempre se considerará la cantidad que sea más favorable para el empleado.
  • Por los tiempos de aplicación, esta norma se verá reflejada en el reparto de utilidades correspondiente al año siguiente.
  • La entrega de utilidades es a más tardar el 30 de mayo en el caso de los trabajadores que laboran para una persona moral (empresa), mientras que las personas que trabajan para una persona física (patrón), deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio.

De multas 

  • Para las empresas que realicen subcontratación de personal o preste servicios de subcontratación sin contar con el registro correspondiente, “sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiera lugar de conformidad con la legislación aplicable”, se consideran multas de 2 mil a 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (de 179 mil 240 a 4 millones 481 mil pesos).

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