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Estos son los únicos casos en los que no recibirás aguinaldo 2020

  • Aunque el pago del aguinaldo es un derecho laboral, no aplica para todos los casos.

  • Conoce las excepciones que contempla la Ley en el pago del aguinaldo.

  • Si tienes alguna duda sobre si te corresponde este derecho o cuánto te toca, sigue leyendo.

El aguinaldo es un derecho laboral que contempla la Ley Federal del Trabajo en su artículo 87. Pero existen algunos casos excepcionales.
A más tardar el próximo 20 de diciembre de 2020 deberás recibir el pago de aguinaldo en una sola exhibición.
Aunque los trabajadores del Estado recibieron un adelanto a inicios de noviembre para aprovechar las ofertas del Buen Fin 2020.

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Casos excepcionales del aguinaldo 2020

Si estás contratado por honorarios, eres considerado un prestador de servicios bajo contrato civil, por lo que no tienes derecho a aguinaldo.
En caso de que compruebes que solo trabajas para un patrón y que cubres una jornada máxima legal de ocho horas diarias, sí te corresponde.
Si tuviste faltas injustificadas durante el año o te ausentaste por enfermedad, tu aguinaldo se reducirá y cobrarás lo proporcional restando esos días sin trabajar.
Mientras que, si comenzaste a trabajar en tu empresa a partir del primero de octubre de 2020 o posterior a esta fecha, no te corresponde el pago.
Pues la Ley Federal del Trabajo contempla un tiempo mínimo de tres meses laborando en la empresa para ser acreedor a este derecho.

Restricciones para el pago

La Ley prohibe que el patrón pague el aguinaldo en especie, con mercancías o vales de despensa, debe depositarte en efectivo.
También está obligado a que el pago sea en una sola exhibición.

Si tu caso no se encuentra en ninguna de estas excepciones que contempla la Ley o tu patrón te paga el aguinaldo de alguna otra forma, puedes acudir a la Profedet a recibir asesoría para ingresar la controversia ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.
Recuerda que la crisis económica derivada de la pandemia del Covid 19 afectó las finanzas de todos, lo recomendable antes de acudir a las autoridades, es negociar un acuerdo conveniente para ambas partes.

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