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Caricatura “Amlito” ya no podrá usarse en campañas políticas

La TEPJF confirmó que “Amlito”, utilizado para la producción y venta de muñecos y decenas de productos utilitarios, del actual presidente mexicano, no puede ser usada en campañas.
  • El marketing político es una disciplina que surge de la combinación de las ciencias políticas y el marketing.

  • En el 2022, Morena invirtió más de 7 millones de pesos en publicidad política en redes sociales.

  • La caricatura de AMLO fue realizada en el 2005.

“Amlito”, la caricatura del presidente Andrés Manuel López Obrador que, durante 17 años, acompañó los mítines de su movimiento, ha quedado cancelada de todas las campañas políticas.

En los últimos años, el marketing en la política ha ganado terreno, ya que es cada vez más importante y decisivo para cualquier partido, no solo en momentos electorales.

Ante eso, son muchos los partidos que han optado por ser diferentes y sacar algunos recursos para promocionar su nombre ante la población, como ocurre con “Amlito”, dibujado en el 2005, y utilizado para la producción y venta de muñecos y decenas de productos utilitarios, del actual presidente mexicano.

La decisión

Este jueves, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó una sentencia emitida en el mes de septiembre por la Sala Regional Especializada del propio tribunal, en la que se considera que utilizar la caricatura del presidente “vulnera los principios constitucionales de neutralidad y equidad en la contienda”.

Recordemos, que dicha sentencia inició en mayo de 2022, con una queja del diputado de Movimiento Ciudadano, Jorge Álvarez Maynez, quien denunció el uso de figuras caricaturizadas de López Obrador en las campañas locales de Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo y Tamaulipas, estados que renovaron sus gubernaturas ese año.

Pero, ante la queja el 2 de junio del 2022, el Instituto Nacional Electoral (INE), la desechó por considerar que el quejoso no aportó elementos indiciarios sobre la difusión de la publicidad con la imagen del presidente. Asimismo, en esa oportunidad el ente argumentó que no existe restricción legal para que los partidos utilicen siluetas, caricaturas o frases.

Por su parte, en agosto, la Sala Especializada revocó el acuerdo de la Comisión de Quejas del INE, realizando nuevas diligencias y desechando la mayor parte de los argumentos del diputado Álvarez Maynez.

La sentencia que realizó la magistrada Gabriela Villafuerte, expuso un tuit publicado en la cuenta oficial de Morena el pasado 29 de mayo de 2022, donde mencionan que “sonríe, este 5 de junio ganamos 6 de 6 para Morena. ¡Buenos días para todas y todos!”, por lo que determinó que dicha publicación, que fue emitida una semana antes de la jornada electoral, “se tradujo en una vulneración a los principios de imparcialidad y equidad en los seis estados”.

“Al observar el Tweet, tenemos una imagen a modo de caricatura que resalta los rasgos físicos de una persona que hace un gesto de aprobación; estas características nos permiten identificar claramente qué se trata del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador; quien, además, es un servidor público conocido y reconocido por toda la ciudadanía, no solo por el cargo que ocupa, sino también por la dinámica de comunicación diaria que realiza”, expone la magistrada en su caso.

Todo esto, concluyó ayer, donde se resolvió que el uso de la imagen en “caricatura de un servidor público de la más alta investidura, que no contender electoralmente, contraviene el principio constitucional de la equidad en la contienda y los principios de imparcialidad y neutralidad”.

 

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