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AMLO pudo violar estos artículos de la Ley de Protección de Datos Personales al revelar ingresos de Loret de Mola

En la conferencia matutina del día de hoy, AMLO reveló datos patrimoniales del periodista Carlos Loret de Mola; el Presidente pudo violar la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
  • Durante la mañanera, AMLO exhibió los datos personales de Carlos Loret de Mola.

  •  AMLO arremete contra el periodista después de que dió a conocer una investigación sobre los lujos de los que goza el hijo del mandatario en el extranjero.

  • Para divulgar datos personales, el responsable deberá de obtener el consentimiento de la persona física, indica la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

 

En la conferencia de prensa matutina, el Presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) exhibió los ingresos del periodista Carlos Loret de Mola, y con ello, pudo violar la Ley de Protección de Datos Personales.

Infoem, órgano garante del derecho de acceso a la información público y la protección de datos personales en el Estado de México, reconoce que los datos personales es un derecho fundamental que otorga a los ciudadanos la oportunidad de controlar la información personal que se comparte con instituciones y personas para evitar cualquier daño a la privacidad.

Los datos personales no solo son el nombre, domicilio, firma o clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), también se incluyen los datos patrimoniales que abarcan los bienes muebles e inmuebles, cuentas bancarias, información fiscal, ingresos y egresos.

 

AMLO exhibe ingresos del periodista Carlos Loret de Mola

Desde hace un par de semanas, el mandatario ha demostrado su enojo hacia el periodista, luego de que Loret de Mola diera a conocer una investigación sobre los lujos de los que goza el hijo del mandatario, José Ramón López Beltrán en el extranjero.

El 9 de febrero, durante su conferencia matutina especuló sobre los ingresos del periodista y pidió que hiciera público su ingreso mensual.

No obstante, el comunicador es una persona física y monetiza su patrimonio en el sector privado y no está obligado, como los funcionarios públicos, a hacer público su ingreso.

Pese a la situación fiscal del periodista, el día de hoy, AMLO exhibió los datos personales patrimoniales del periodista.

“Esto es lo que gano Loret el año pasado, pero lo que me llama mucho la atención y me lo va tener que aclarar Televisa, los directivos de Televisa es que se supone que Loret no está en Televisa y dieron 11 millones 800 mil pesos el año pasado”.

En la transmisión en vivo, las audiencias pudieron ver el desglose de los ingresos del periodista, sumando 35 millones 200 mil pesos de ingreso bruto anual.

Al respecto, Carlos Loret de Mola publicó en su cuenta de Twitter que el Presidente estaba acorralado con la investigación de su hijo:

“Hoy me vuelve a calumniar y encima me pone en riesgo al revelar los montos inflados y falsos de supuestos ingresos. Es gravísimo. Es un delito. Está fuera de sí este aspirante a dictador”, aseveró en la red social.

Los artículos que violó AMLO al publicar los ingresos del periodista Loret de Mola

La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y su reglamento estipula que nadie puede utilizar la información de carácter personal sin previa autorización, es decir, sin el consentimiento del implicado.

La divulgación de datos personales, tal como lo realizó AMLO, consistió en la transmisión de información personal a terceros. El artículo 9 de la Ley Federal anteriormente mencionada dice que “el responsable deberá obtener el consentimiento expreso o por escrito del titular para su tratamiento, a través de su firma autógrafa, firma electrónica, o cualquier mecanismo de autenticación que al efecto establezca”

Asimismo el artículo 10 menciona que no será necesario el consentimiento para el tratamiento de datos personales cuando este previsto en una Ley; los datos figuren en fuentes de acceso público; los datos se sometan a un procedimiento previo de disociación, tenga obligaciones, exista una emergencia, sean indispensables para atención médica o se dicte resolución de la autoridad competente, en este caso, de Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) o, en su defecto, al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

En caso de divulgación de datos personales, la persona física o moral puede ser acreedora de una multa o hacerse acreedora de una sanción

Por medio del correo [email protected], Merca 2.0 pidió postura en relación a la divulgación de datos sensibles y patrimoniales de Carlos Moret de Mola durante la conferencia mañanera del Presidente Andrés Manuel Lopez Obrador. Hasta el momento, no se ha obtenido respuesta.

 

 

Fundamento legal

Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

Reglamento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

 

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