Suscríbete a Merca2.0. Haz clic aquí

A partir de hoy, combatir el estrés en la oficina está regulado por la Ley

La nueva Norma Oficial Mexicana número 035 (NOM 35) entrará en vigor, el 23 de octubre de 2019, pero a partir de hoy ya se puede formalizar una denuncia.
  • México tiene el primer lugar en estrés laboral, por encima de países como China.

  • El estrés crónico afecta las emociones de los empleados y deriva en el riesgo de padecer enfermedades gastrointestinales y cardiovasculares.

  • La nueva Norma Oficial Mexicana número 035 (NOM 35) entrará en vigor, el 23 de octubre de 2019, pero a partir de hoy ya se puede formalizar una denuncia.

El estrés es un estado de cansancio mental provocado por la exigencia de un rendimiento muy superior al normal, que provoca diversos trastornos físicos y mentales a la persona que lo presenta.

En el último estudio de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre el nivel de estrés en los trabajadores en el mundo, México tiene el primer lugar en estrés laboral, por encima de países como China.

La nación mexicana tiene un porcentaje de 75 por ciento, lo que indica que los trabajadores padecen síndrome de burnout o fatiga por estrés laboral. En tanto, las dos economías más grandes del planeta: China tiene el 73 por ciento y Estados Unidos 59 por ciento.

Es por ello que se ha convertido en un tema que es necesario regular y la nación diseñó para ello la Norma Oficial Mexicana número 035 (NOM 35). Con ella, pequeñas, medianas y grandes empresas deben asegurarse de que sus empleados gocen de plena salud mental.

La Norma Oficial Mexicana (NOM) 035 especifica que se debe hacer un diagnóstico de todas las áreas descuidadas de la empresa y se tiene que llevar a cabo un cuestionario autorizado por la Secretaría del Trabajo con las acciones a seguir.

La nueva ley entrará en vigor, el 23 de octubre de 2019; sin embargo, a partir de hoy ya se puede formalizar una denuncia en las dependencias correspondientes a nivel nacional. Gracias a esto, será cumplimiento obligatorio de los patrones cumplir con las multas y/o sanciones que se registraron en 2019, a partir de octubre de 2020. 

En concreto, las PyMEs deberán atender factores de riesgo psicosociales que padece su personal, como el estrés laboral, ansiedad y desequilibrio del sueño, como resultado de la aprobación de la Norma Oficial Mexicana (NOM) 035, que dicta:

“Las pequeñas, medianas y grandes empresas deberán atender factores de riesgo psicosociales que padece su personal, como el estrés laboral, ansiedad y desequilibrio del sueño. Esto para propiciar un entorno organizacional favorable y proteger la salud mental de los trabajadores mexicanos”

Para ello hay que tener claro que los factores de riesgo psicosocial considerados en la norma son aquellos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada de trabajo y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral al trabajador, por el trabajo desarrollado.

Es fundamental que los empleados conozcan sus derechos y se atrevan a denunciar una anomalía en este sentido, para hacer valer la Ley.

Obtén un més gratis a Merca2.0 premium

Cancela en cualquier momento
Acceso exclusivo a rankings y radiografías.
Análisis profundos y casos de estudio de éxito.
Historial de la revista impresa en formato digital.

¡Disfruta de lo mejor del marketing sin costo alguno por un mes!

Más de 150,000 mercadólogos inscritos en nuestros boletín de noticias diarias.

Premium

Populares

Únete a más de 150,000 lectores

Regístrate a nuestro newsletter en la siguiente forma y recibe a primera hora las noticias más importantes de mercadotecnia, publicidad y medios en tu correo.

Más de Merca2.0

Artículos relacionados

You don't have credit card details available. You will be redirected to update payment method page. Click OK to continue.